¿Quién puede romper las reglas?: crisis en las organizaciones internacionales

Erika Vanesa Llanos Jiménez

Desde que la Carta de la ONU entró en vigor en 1945, se han documentado más de un centenar de intervenciones militares que violan el Artículo 2(4). Estas acciones no pueden justificarse ni por legítima defensa ni por autorización del Consejo de Seguridad (Gray, 2018; Pettersson & Öberg, 2020; Jones et al., 1996; Chomsky, 2003). Estas intervenciones no deberían haberse producido conforme al Artículo citado de la Carta de la Organización de las Naciones Unidas (1945); sin embargo, la intervención de Estados Unidos en Venezuela evidencia la persistencia de prácticas que el orden jurídico internacional pretendía erradicar, entonces ¿Cuál es la diferencia de la última invasión a la de 2003 en Irak o en 1975 Vietnam? Lo poco que les importó seguir las reglas del juego.

Sin ánimo de enfatizar de forma polémica las limitaciones que estas instituciones han mostrado para cumplir los objetivos formales para los que fueron creadas, resulta pertinente, especialmente en el contexto actual, problematizar las condiciones históricas y políticas de su origen, en la medida en que dicho proceso fundacional puede ofrecer claves analíticas para comprender las disfuncionalidades y tensiones estructurales que caracterizan su desempeño contemporáneo.

Después de la Segunda Guerra Mundial hubo un proyecto, impulsado principalmente por los Estados Unidos, orientado a burocratizar el orden mundial mediante la institucionalización de reglas, procedimientos y organismos multilaterales (Cox, 1987; Chomsky, 1994, 2003; Mann, 2012). Este proyecto se materializó en la creación de instituciones clave como la Organización de las Naciones Unidas (1945), el Fondo Monetario Internacional (1944), el Banco Mundial (1944), la Organización Mundial de la Salud (1948) y el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (1947), las cuales configuraron una arquitectura global de gobernanza basada en la regulación técnica, la administración permanente y la normalización de las relaciones internacionales.

De manera sintética Chomsky, Cox y Mann, coinciden en que Estados Unidos buscó consolidar su hegemonía global no mediante la imposición directa y permanente de la fuerza, sino a través de la creación de un entramado institucional burocrático que organizara, estabilizara y normalizara el orden internacional bajo principios compatibles con el capitalismo liberal.

Lejos de tratarse de un problema del pasado, estas tensiones fundacionales del orden burocrático internacional se manifiestan hoy con especial nitidez en el caso de la intervención estadounidense en Venezuela, que pone en evidencia los límites reales de las instituciones diseñadas para regular el uso de la fuerza.

Uno de los principales problemas de estas organizaciones radica en la premisa de que la burocratización permitiría neutralizar los abusos de poder mediante reglas, procedimientos y controles formales. Sin embargo, la evidencia acumulada muestra que la racionalización burocrática no solo es incapaz de impedir la concentración del poder, sino que, en muchos casos, la facilita, al centralizar la toma de decisiones y reforzar jerarquías difíciles de cuestionar. A ello se suma que el énfasis excesivo en el control procedimental y en la observancia formal de los procesos tiende a ralentizar la capacidad de respuesta institucional, obstaculizando una acción oportuna frente a violaciones flagrantes de los principios que dichas organizaciones están llamadas a proteger.

El problema central de la situación actual entre Estados Unidos y Venezuela radica en que el poder efectivo de las instituciones internacionales no descansa en mecanismos coercitivos robustos, sino en la adhesión voluntaria y en el reconocimiento colectivo de los acuerdos que las sustentan. Las sociedades contemporáneas han organizado buena parte de su vida política y jurídica sobre la base de ese consenso institucionalizado. No obstante, el escenario se vuelve especialmente preocupante cuando el principal impulsor histórico del proyecto de burocratización global actúa en abierta contradicción con los principios, normas y arreglos institucionales que promovió y que fueron ampliamente aceptados como un modelo funcional de pacificación y regulación del orden mundial.

Ahora bien, resulta necesario preguntarnos y reflexionar hacia dónde deberían orientarse estas instituciones cuando su principal promotor y patrocinador incurre en violaciones flagrantes de las reglas que contribuyó a crear. Más aún, se vuelve ineludible cuestionar si dichas estructuras deben permanecer inalteradas o transformarse para evitar la reproducción de este tipo de contradicciones, o si, en última instancia, habría que considerar seriamente la posibilidad de su desaparición ante la incapacidad persistente de cumplir con los fines para los que fueron concebidas.

Hoy más que nunca resulta imprescindible cuestionar si el camino de la burocratización del mundo constituye una vía adecuada para materializar valores orientados al bienestar de la mayoría, especialmente cuando la evidencia empírica y analítica sobre el funcionamiento de las burocracias sugiere que dichos procesos tienden a concentrar el poder y a sostenerse en la expectativa normativa de que quienes ocupan posiciones de liderazgo no serán corrompidos por él.

Porque resulta cada vez más evidente que estas organizaciones, a pesar de haber sido diseñadas bajo el supuesto de neutralidad técnica y universalismo normativo, operan en la práctica alineadas con intereses específicos y asimétricos, predominantemente estadounidenses, como han señalado desde distintos enfoques críticos la economía política internacional, la sociología histórica y el derecho internacional (Cox, 1987; Strange, 1988, 1996; Harvey, 2005; Mann, 2012; Haas, 1992; Koskenniemi, 2001).

En términos prácticos, lo que hoy ocurre resulta especialmente peligroso porque revela el abandono de las reglas e instituciones construidas tras la Segunda Guerra Mundial, las cuales, aun con sus contradicciones e hipocresías, obligaban a los Estados a recurrir al lenguaje del derecho y a buscar algún tipo de legitimación normativa. Su erosión abre la puerta a un retorno a lógicas imperiales, donde la invasión y el uso directo de la fuerza vuelven a presentarse como instrumentos aceptables para la expansión del poder estatal.

Chomsky, N. (2003). Hegemony or survival: America’s quest for global dominance. Metropolitan Books.

Cox, R. W. (1987). Production, power, and world order: Social forces in the making of history. Columbia University Press.

Gray, C. (2018). International law and the use of force (4th ed.). Oxford University Press.

Haas, P. M. (1992). Introduction: Epistemic communities and international policy coordination. International Organization, 46(1), 1–35. https://doi.org/10.1017/S0020818300001442

Harvey, D. (2005). A brief history of neoliberalism. Oxford University Press.

Jones, D. M., Bremer, S. A., & Singer, J. D. (1996). Militarized interstate disputes, 1816–1992. Conflict Management and Peace Science, 15(2), 163–213.

Koskenniemi, M. (2001). The gentle civilizer of nations: The rise and fall of international law 1870–1960. Cambridge University Press.

Mann, M. (2012). The sources of social power (Vol. 4: Globalizations, 1945–2011). Cambridge University Press.

Organización de las Naciones Unidas. (1945). Carta de las Naciones Unidas (artículo 2). Naciones Unidas. https://www.un.org/es/about-us/un-charter

Pettersson, T., & Öberg, M. (2020). Organized violence, 1989–2019. Journal of Peace Research, 57(4), 597–613.

Strange, S. (1988). States and markets. Pinter Publishers.

Strange, S. (1996). The retreat of the state: The diffusion of power in the world economy. Cambridge University Press.

search previous next tag category expand menu location phone mail time cart zoom edit close